Junto con la homologación de la emergencia y desastre en Santa Fe, Corrientes, Chaco y Santiago del Estero se anunciaron medidas extraordinarias que incluyen una línea de crédito a 5 años, beneficios del Banco Nación y autorización de faena de hacienda liviana.

El Secretario de Agroindustria, Luis Miguel Etchevehere junto con la Comisión Nacional de Emergencias y Desastre Agropecuario (CNEyDA) evaluó la situación de las provincias afectadas por la inundación y se tomó la decisión de homologar la emergencia agropecuaria nacional en Santa Fe, Corrientes, Chaco y Santiago del Estero al mismo tiempo que se anunciaron nuevas medidas extraordinarias. En la provincia de Santa Fe regirá hasta el 31/8 para el sector agrícola y hasta el 31/12 para el ganadero.

La ley de emergencias contempla la implementación de una prórroga del vencimiento del pago de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta, y a los bienes personales mientras dure el período de emergencia; activa el plan de emergencia estipulado en el programa permanente para deuda exigible (con un plazo de hasta 48 cuotas); suspende durante el plazo de la emergencia la iniciación de los juicios de ejecución fiscal para el cobro de los impuestos adeudados por los contribuyentes incluidos en el decreto; los juicios que estuvieran en trámite para el cobro de impuestos comprendidos en este artículo deberán paralizarse hasta el vencimiento del plazo fijado; y cuando se produzcan ventas forzosas de hacienda, se podrá deducir el 100% de los beneficios derivados de esas ventas en el impuesto a las ganancias.

Medidas extraordinarias

Al mismo tiempo, Etchevehere informó como medidas extraordinarias la presentación de una línea de crédito a 5 años con 2 de bonificación del 50% de subsidio por parte de Agroindustria a la tasa vigente al momento de su solicitud. Por otro lado, le instruyó a la Dirección de Control Comercial Agropecuario tomar en consideración la situación de emergencia con relación a la autorización de faena de hacienda liviana mientras permanezca la contingencia climática.

También se aplican beneficios del Banco de la Nación para los productores afectados como la espera de vencimientos; suspensión de hasta 90 días de la iniciación de los juicios y procedimientos administrativos por cobros de deudas.

La AFIP presentó además una nueva medida dirigida a los productores en emergencia a quienes no se les practicarán retenciones del impuesto a las Ganancias más allá de su situación en el SISA.

A continuación el detalle de las medidas por provincia:

La declaración es por un plazo de doce (12) meses, a partir del 1 de enero de 2019 para las explotaciones ganaderas y por un plazo de SEIS (6) meses a partir del 1 de enero de 2019, para las restantes explotaciones agropecuarias, de todos los Departamentos de la provincia, en sus zonas bajas, de lagunas, bañados y esteros y en los valles de inundación de los ríos interiores, riachos, arroyos y del Río Uruguay, que hayan sido afectadas por las intensas y frecuentes precipitaciones ocurridas durante el presente mes.

La medida incluye a todo el territorio provincial, por un plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días a partir del 15 de enero de 2019 para las explotaciones ganaderas y por un plazo de ciento ochenta (180) días a partir del 15 de enero de este año para las restantes explotaciones agropecuarias afectadas por excesos hídricos.

Desde el 1 de enero de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2019 para las explotaciones ganaderas y desde el 1 de enero de 2019 y hasta el 31 de agosto de 2019 para las restantes explotaciones agropecuarias afectadas, ubicadas en los Departamentos 9 de Julio, Vera y General Obligado y en los Distritos Romang y Colonia Durán pertenecientes al Departamento San Javier.

Por un plazo de doce (12) meses, a partir del 1 de enero de 2019, a las explotaciones agropecuarias afectadas por inundaciones que se encuentran ubicadas en los Departamentos Mariano Moreno, Juan Felipe Ibarra, General Taboada y Manuel Belgrano.

Fuente Campo Litoral