La Corte Suprema de Justicia de la Nación dijo esta tarde que es inconstitucional castigar a una persona adulta por tener y consumir marihuana si no pone en peligro a terceros.

En un fallo, el máximo tribunal señaló que «hay que proteger la libertad personal» y dispuso: «Exhortar a todos los poderes públicos a asegurar una política de estado contra el tráfico ilícito de estupefacientes y a adoptar medidas de salud preventivas, con información y educación disuasiva del consumo, enfocada sobre todo en los grupos más vulnerables, especialmente los menores, a fin de dar adecuado cumplimiento a los tratados internacionales de derechos humanos suscriptos por el pais«.


Falló en un caso en el que quedo firme la condena a los traficantes. No había adicción demostrada en el caso.
Los principales aspectos son los siguientes
Los jueces votaron en forma unánime, pero con diferentes fundamentos en los que cada uno hizo referencia a cuestiones que consideró importantes. Votaron los jueces Lorenzetti por su voto; Highton-Maqueda, por su voto, Argibay por su voto, Zaffaroni por su voto, Fayt por su voto, Petracchi por su voto.

Límites del fallo

  1. La Corte no se expidió ni legitimó el consumo con ostentación hacia terceros, ni aquel con intención de comercializar, y sólo se refirió a la marihuana. Los condenados tenían marihuana y no hacían ostentación de la droga, ni había peligro para terceros, ni había adicción demostrada, ni hubo evidencia alguna acerca de que tuvieran intenciones de comercializarla.
  2. No se consagró un permiso legal para consumir indiscriminadamente sino sólo en el supuesto que definió con rigor.
  3. No se adoptaron posiciones sobre la conveniencia de la sanción penal del consumo de drogas o su despenalización.

La Corte sienta precedente a partir del caso Arriola, una causa judicial rosarina
La Corte Suprema está lista para pronunciarse sobre el consumo personal de drogas. Después de casi un año de tratamiento, los ministros de la Corte se expedirán sobre el caso «Arriola». Esta causa es una investigación sobre una red de comercialización de estupefacientes en Rosario donde el propio tribunal confirmó hace unos meses la condena a los dealers y ahora dirá que es inconstitucional castigar a los usuarios.
En la causa denominada «Arriola» cinco jóvenes rosarinos fueron condenados porque en su poder se encontraron entre uno y tres cigarrillos de marihuana, medida que fue cuestionada por inconstitucional. Inicialmente quedaron imputados tanto los vendedores (dealers) como los compradores de cantidades menores para consumo personal.
La Corte ya había confirmado la condena a Sebastián Arriola y Mónica Vázquez por vender droga, pero ahora exculpará a los cinco jóvenes acusados por tenencia (Gustavo Fares, Marcelo Acedo, Mario Villareal, Gabriel Medina y Leandro Cortajarena). En la investigación, estas personas no eran más que «perejiles», pero se los investigó con tareas de inteligencia y algunos fueron detenidos en la calle, después de comprar, con algunos gramos de marihuana encima.

Fuente Diario UNO