Así lo expresó el Senador Rubén Pirola al reingresar un proyecto de ley que pone en valor la participación en el proceso de designación del Jefe y Subjefe de Policía, los Jefes y Subjefes de Unidades Regionales de Policía y Comisarios de Seccionales y de Distrito de la Provincia.

Entre lo más destacado de sus considerandos se resalta conceptos como que “La participación ciudadana, resulta imprescindible para el fortalecimiento democrático, por razones de legitimidad, robustecimiento de la calidad institucional y el capital social, en ese contexto emerge la necesidad de implementar nuevos procedimientos de designación” Sin embargo cabe destacar que este proyecto no resigna la autoridad que le corresponde al Gobernador de la Provincia, conforme lo dispuesto en la Constitución Provincial como ejecutor máximo y responsable primario de la política de seguridad en el territorio de la Provincia de Santa Fe, por cuanto la participación del Parlamento santafesino en la designación del Jefe y Subjefe de policía, es de carácter consultivo no vinculante.

Además el legislador expresa: “Corresponde decir que los conceptos debatidos fueron transmitidos con anterioridad a mi calidad de representante territorial en esta Cámara de Senadores en proyectos de ley que planteaban la participación ciudadana en la elección de los jefes policiales en cada distrito”

El artículo llave en la apertura a la participación:

Artículo 5

Los habitantes de la jurisdicción en general, las organizaciones no gubernamentales, los colegios y asociaciones profesionales y las entidades académicas y de derechos humanos con sede en la Provincia podrán, en el plazo de diez (10) días corridos contados a partir del día siguiente de la última publicación a la que refiere el artículo anterior, presentar ante la Secretaría de Seguridad Pública por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones y circunstancias que consideren de interés expresar respecto de los funcionarios policiales propuestos para cubrir las vacantes especificadas en el artículo 1º de la presente ley, con declaración jurada de su propia objetividad respecto de los propuestos.

No serán consideradas, aquellas objeciones irrelevantes desde la perspectiva de la valoración de las aptitudes morales, idoneidad técnica y jurídica, trayectoria o que se funden en cualquier tipo de discriminación respecto de dichos funcionarios policiales. Sin perjuicio de las presentaciones que se realicen, en el mismo plazo el Poder Ejecutivo podrá requerir opinión a organizaciones de relevancia en el ámbito profesional, judicial, académico, social, político y de derechos humanos, a los fines de su evaluación.

La Secretaría de Seguridad Pública mantendrá informada a la Honorable Legislatura de la Provincia sobre las presentaciones que se realizaren durante este plazo, a los efectos de lo dispuesto en el Artículo 8°.-

Para finalizar el proyecto el representante territorial de Las Colonías señala en los fundamentos de su proyecto que: “Además y en el caso del Jefe y Subjefe de la Provincia instituye un mecanismo con la finalidad de darle intervención al pueblo santafesino a través del parlamento, en el nombramiento del Jefe y Subjefe de la Policía, quien emitirá opinión consultiva y no vinculante respecto a los pliegos de los candidatos propuestos por el gobernador de la provincia. En este sentido se avanza en el concepto de participación y concurren a una audiencia en la Comisión de Acuerdos los candidatos seleccionados por ante los señores Legisladores Provinciales, a los efectos de tomar conocimiento directo con los mismos, con lo que se permite el intercambio de preguntas y opiniones, mayor publicidad del procedimiento de designación y un mejor funcionamiento interinstitucional de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, en el marco específico de sus atribuciones y competencias”

El proyecto completo y todos sus detalles se puede ver en www.rubenpirola.com