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La Cámara en lo Contencioso Administrativo modificó la medida cautelar dictada por la jueza María José Sarmiento, y dispuso que el Ejecutivo no puede designar un presidente del BCRA con «carácter definitivo» hasta que no se expida el Congreso, por lo que constitucionalistas consideran que Redrado queda suspendido en el cargo.

Además, la Cámara mantuvo firme el fallo cautelar de Sarmiento que impide al gobierno utilizar las reservas para conformar el Fondo del Bicentenario, al rechazar una apelación efectuada por el oficialismo.
Las camaristas Clara Do Pico y Marta Herrera afirmaron que luego que la presidenta Cristina Fernández diera intervención al Congreso «deben aguardarse las alternativas propias del juego de los poderes legislativo y ejecutivo que determinarán la permanencia o desplazamiento» de titular del Banco Central.
En su fallo, las camaristas reemplazaron la medida cautelar de Sarmiento que impedía remover a Redrado y dispusieron que el Poder
Ejecutivo no puede nombrar «con carácter definitivo» al nuevo presidente del BCRA «hasta tanto se cumplimente con la participación legislativa dispuesta por el artículo 9 de la ley 24.144».
Agregaron que «desde tal perspectiva, este tribunal considera que se ha desdibujado la verosimilitud del derecho» evaluada por Sarmiento y «deben aguardarse las alternativas propias del juego de los poderes legislativo y ejecutivo que determinarán en definitiva la permanencia o el desplazamiento del presidente del Banco Central sin óbice jurídico».
Por su parte, y tras darse a conocer el fallo, Redrado emitió un comunicado en el que anuncia que la sentencia «ha ratificado” su derecho a «no ser removido” sin el procedimiento de convocar a la comisión bicameral.
Además dice que la Cámara reconoce «que el cambio de circunstancias motivado por el compromiso público de `sanear` el acto asumido por la Presidenta modifican el escenario del proceso cautelar” y que «resulta evidente que la voluntad de sanear del DNU 18/2010 implica la existencia de defectos legales en el decreto de remoción. Sólo puede sanearse aquello que tiene vicios”.
En tanto, el constitucionalista Felix Loñ opinó en diálogo con Télam que «las camaristas han reducido la medida cautelar (de la jueza María Sarmiento) a que no se puede designar un reemplazante definitivo. Se ha atenuado porque cambió la situación, al pedir la Presidenta la opinión del Congreso”.
«La Cámara dice que se desdibujó la verosimilitud del derecho evaluada por la magistrada, por lo que (Redrado) no puede seguir en el cargo pero tampoco se puede nombrar un reemplazante definitivo, así que el transitorio sería (el vicepresidente del BCRA) Miguel Pesce”, añadió.
Por su parte, otro especialista en derecho constitucional, Eduardo Barcesat, coincidió en que el removido titular del Central «no puede seguir pero tampoco el Ejecutivo puede nombrar un nuevo presidente definitivo”, subrayó.
«Incluso si Redrado hiciera un recurso de interposición a la Corte Suprema por su situación, eso no suspende la ejecutoria de la Cámara, así que tiene que irse a la casa”, enfatizó, y señaló que «la Presidenta tenía facultades para el primer decreto porque el tema del consejo (del Congreso) no es vinculante”.
También se pronunció al respecto el jefe del bloque del Pro en Diputados, Federico Pinedo, dijo que «a partir hoy Redrado no debería ir al Banco Central a ejercer su función».
«Para mí, haciendo abstracción de toda la terminología legal» Redrado «está suspendido» y «no puede ejercer su cargo, expresó el
legislador por la Capital en diálogo con Radio Mitre.