Se trata de una medida que el Congreso sancionó a principios de mes y que quedó formalizada con su publicación en el Boletín Oficial.

De acuerdo con la Ley 27.262, se instrumentará un formulario único para el transporte en jurisdicción nacional en camiones y/o vagones de granos, productos y subproductos, cereales y oleaginosas, en el que constará la declaración jurada de que los productos mencionados no fueron tratados con ningún plaguicida fumigante durante su carga en el camión o vagón, ni será sometida a tratamiento alguno con los mismos durante el tránsito hasta su destino.

La infracción y la falta de cumplimiento ocasionará una multa equivalente al precio de venta del día de lo transportado, y el decomiso de la mercadería.
En el caso de reincidencia, las multas previstas se multiplicarán por el número de infracciones cometidas.

El proyecto, que había sido impulsado por Omar Plaini -del monobloque Cultura, Educación y Trabajo- fue impulsado porque entre 2009 y 2010 siete trabajadores camioneros de Córdoba murieron por dolencias cuya causa u origen fue la fosfina (fosfuro de aluminio).

Fuente SRLC