Cada vez está más claro que la sanidad y el control de los alimentos será en el futuro una responsabilidad de los actores privados más que del personal estatal del propio Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).

En las últimas horas, el organismo decidió “despedir”, “depurar”, “dar por finalizadas las funciones”, “no renovar los contratos”, según sea la fuente de este noticia, de unos 130 agentes en zonas sensibles sobre todo en materia ganadera, como Chaco, Formosa, Corrientes y Santa Fe. Muchos productores aplaudieron la decisión, hartos de tanta burocracia y de la supuesta ineficacia del Senasa, amen de las pizcas de corrupción que cotidianamente se denuncian. La Asociación Trabajadores del Estado (ATE), en cambio, advirtió que la Argentina está “en riesgo fitozoosanitario” ante la evidente tercerización de funciones del Senasa al sector privado.

Lo más posible es que todos tengan una parte de la razón.

Es muy posible que alguna gente haya sido despedida correctamente, como explicaron a Infocampo funcionarios del Senasa: “Las personas a las cuales no se les renovaron los contratos tienen falta de transparencia en la gestión, sumarios iniciados, duplicación y triplicación de puestos laborales, ausencias injustificadas de varios meses, y hasta el caso de una persona que no fue a trabajar durante ocho meses”, dijeron.

Pero también es evidente que existe una determinación política para transferir al sector privado una mayor responsabilidad y protagonismo en las luchas sanitarias llevadas a cabo por el Estado.

En ese sentido, este jueves se conoció la Resolución 1/2018. Dispone que todos los veterinarios y técnicos privados que presten servicios vinculados a los planes de lucha sanitaria contra las distintas enfermedades animales deberán inscribirse obligatoriamente en un nuevo registro llamado Sistema Único de Registro (SUR).

La iniciativa se ampara, como muchas otras, en la Ley 27.233, que declaró de “interés público” las luchas sanitarias definidas por Senasa y estableció que los productores son quienes tienen la obligación “primaria e ineludible” de “velar y responder por la sanidad, inocuidad, higiene y calidad de su producción”. Esta ley no se le debe atribuir a las iniciativas supuestamente privatizadoras del macrismo. Fue sancionada a fines de 2015, cuando el kirchnerismo todavía se comía a todos los chicos crudos.

Lo concreto es que el Senasa decidió que todos los veterinarios y técnicos vinculados a los planes veterinarios nacionales tendrán que “acreditarse” en el nuevo SUR y estableció un mecanismo para hacerlo. La obligatoriedad de registrarse alcanzará hasta a los vacunadores, a los inspectores sanitarios y a “otros operadores privados que pretendan ser autorizados para desempeñar tareas sanitarias específicas y de bienestar animal”. El listado, una vez que esté confeccionado, será publicado de modo permanente en la página web del Senasa.

Explica la agencia Télam que luego de definir el amplio espectro de técnicos y profesionales que deberán acreditar su situación si quieren seguir cooperando con los planes sanitarios nacionales, la Resolución del Senasa establece que todas estas personas “deben capacitarse para poder ser registrados en el SUR y obtener así la acreditación y autorización correspondiente”. Estas capacitaciones podrán ser presenciales o a distancia, según se infiere de la normativa.

La Resolución menciona que esta obligación alcanza a los veterinarios y técnicos “interesados en participar de los planes nacionales de brucelosis, tuberculosis, garrapatas y otras enfermedades de los porcinos, de los equinos, de los pequeños rumiantes, de los animales acuáticos, de las abejas y toda otra enfermedad o de bienestar animal que en el futuro se determine”. Curiosamente no menciona a la fiebre aftosa, una zoonosis que obliga a los privados a vacunar dos veces al año a todo su rodeo bovino.

Una vez acreditados en el nuevo Registro, los veterinarios del sector privado tendrán una serie de obligaciones fijadas por esta nueva normativa. No solo realizar las funciones determinadas en los distintos programas sanitarios lanzados por la Direción Nacional de Sanidad Animal sino además “notificar enfermedades de Denuncia Obligatoria al Sistema de Vigilancia Epidemiológica de los animales”.

Para ser acreditados, y además de recibir capacitación, los veterinarios tendrán que presentar su DNI, su CUIT o CUIL y su título habilitante. También deberán “encontrarse matriculado en el Colegio o Consejo de Veterinarios de las provincias en las cuales ejerzan su actividad”, se aclaró. Los técnicos, inspectores y vacunadores, en tanto, tendrán que “contar con título habilitante en la temática sanitaria o cursos de capacitación o antecedentes técnicos suficientes”.

En su artículo 7°, la nueva Resolución estalece que esta “acreditación” o licencia tendrá una validez de tres años, y que luego de ese plazo los profesionales tendrán un año de plazo para “revalidar” su inscripción. Los datos personales y laborales en el Sistema Único de Registro (SUR) deberán ser permanentemente actualizados.

Fuente SRLC