En concordancia con las medidas adoptadas tanto a nivel provincial como nacional, la Comisión Comunal sancionó y promulgó la Ordenanza Nº 1897/20 la cual fue comunicada mediante conferencia de prensa con la presencia del presidente comunal Javier Enrico, el vicepresidente Damián Franzen, el Dir. del C.A.P.S. Dr. Dante Rubio y Pablo Benítez de la Comisaría IV de Franck. Ver ordenanza completa.

Dicha normativa establece lo siguiente:

  • Artículo 1º: Dispónese, con carácter preventivo, la suspensión de todos los espectáculos públicos y eventos con concurrencia masiva de público, en espacios abiertos y cerrados, cuya organización estuviera a cargo de la Comuna de Franck, hasta el día 31 de marzo de 2.020.-
  • Artículo 2º: Dispónese la revocación, a partir del día 16 de marzo del corriente año y hasta el día 31 de marzo de 2020, de todas las habilitaciones comerciales de locales privados y/o de asociaciones civiles, que tengan por objeto la realización de funciones, representaciones o actividades sociales de gestión privada de cualquier género, y que conlleven aglomeración de personas.-
  • Artículo 3º: Dispónese la reducción del factor de ocupación en un cincuenta por ciento (50%) de lo autorizado, para los locales o establecimientos comerciales con afluencia de público o clientes, que no se encuentren comprendidos en el artículo precedente y cuya actividad principal comprenda la prestación de bienes o servicios considerados indispensables para cubrir las necesidades primarias de la población.-
  • Artìculo 4º: OBLIGACIÓN DE LA POBLACIÒN DE REPORTAR SINTOMAS. Las personas que presenten síntomas compatibles con COVID-19, deberán reportar de inmediato dicha situación a los efectores o centros de salud.-
  • Artículo 5º: Recomiéndase a la población en general abstenerse de concurrir a realizar trámites en dependencias oficiales con atención al público, en la medida en que no resulte estrictamente indispensable por razones de necesidad, o por estar corriendo plazo o términos legales para la realización de los mismos, priorizando la realización de ellos en forma online, siempre que exista la posibilidad.-
  • Artículo 6º: Invítase a cooperar en la implementación de las medidas excepcionales dispuestas en virtud de la presente Ordenanza, tendientes a evitar conglomerados de personas, para mitigar el impacto sanitario de la pandemia, a las entidades deportivas, científicas, sindicales, académicas, religiosas, empresariales y demás organizaciones de la sociedad civil.-
  • Artículo 7º: La presente Ordenanza es una norma de orden público comunal y adhiere a toda disposición provincial y/o nacional dictada posteriormente a la presente.-
  • Artículo 8º: Determínase que las medidas dispuestas por la presente Ordenanza podrán ser prorrogadas conforme se desenvuelva la situación sanitaria.-

Por consultas:

  • Comuna de Franck, teléfono: 4930124
  • C.A.P.S. teléfono: 4931041
  • Provincia: 0800 555 6549