Tiene vigencia a partir de hoy la resolución General de la AFIP Nro 3252 que establece la Declaración Jurada Anticipada de Importación, que constituye una herramienta informática adecuada para facilitar la transferencia ininterrumpida de información comercial.
La Declaración Jurada Anticipada de Importación fue creada con la intención de generar una herramienta informática adecuada para facilitar la transferencia ininterrumpida de información comercial, relativa a las operaciones de importación, entre todos los organismos gubernamentales que, en el marco de sus competencias, tengan injerencia en las operaciones de comercio exterior.
En sus fundamentos dicha resolución expresa que el anticipo de información es considerado por la Organización Mundial de Aduanas, dentro del Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el Comercio Mundial, un elemento básico que contribuye al fortalecimiento de las Aduanas a los fines de enfrentar los desafíos del Siglo XXI.
Pone de relieve que es política del Poder Ejecutivo Nacional propender a la coordinación transversal de las distintas áreas del Estado, en orden a optimizar la eficiencia y eficacia de la gestión gubernamental.
Señala además que la disponibilidad de información estratégica anticipada posibilita una mayor articulación entre dichas áreas, potenciando los resultados de la fiscalización integral que compete a cada una de ellas.
La Declaración Jurada Anticipada de Importación está disponible en el sitio «web» de esta Administración Federal (http://www.afip.gob.ar).
La información registrada será puesta a disposición de los Organismos que adhieran al mecanismo instaurado, en función de su competencia en la materia considerando la naturaleza de la mercadería a importar u otras condiciones establecidas por los mismos o por la AFIP.
La Secretaría de Comercio Interior adhirió al nuevo mecanismo de importación,  mediante la resolución 1/2012, que  lleva la firma de Guillermo Moreno. Expresa que ello permite «realizar análisis tendientes a impedir que el mercado interno se vea afectado negativamente, ya que la importancia cualitativa y/o cuantitativa de las importaciones a efectuarse tiene la característica de impactar, sobre el comercio interior».
«Al mismo tiempo –agrega-, el acceso a la información contribuirá a una mejor y mayor evaluación del grado de competitividad de la actividad económica, posibilitando la tipificación de las estructuras de costos de los bienes que conforman el mercado».
La información, además, surtirá efectos sobre la aplicación de las leyes de Lealtad Comercial, Mercados de Interés Nacional, Metrología Legal y Defensa del Consumidor, así como también la supervisión del seguimiento de la normativa de Lealtad Comercial en el Mercosur.
El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, sostuvo la semana pasada que con esta decisión se da “un salto cualitativo importante que venía recomendando la Organización Mundial de Aduanas desde el año 2005, en la norma 5 del estándar de calidad y administración de aduanas. También el Mercosur, dictando una resolución que pusimos en práctica en 2006 que establecía el adelanto de información para la gestión de riesgo de las administraciones del estado”.
Echegaray remarcó que, gracias a este sistema, el importador ahorrará costos y sabrá que con anterioridad que recaudos tiene la mercadería que quiere importar. “No va a tener que gastar dinero en enviarlo desde el exterior, cuando en algunos casos no puedan ingresar. Es una herramienta fenomenal para administrar el comercio”, dijo.

Fuente Sala de Prensa – Presidencia de la Nación